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Artículo 22 del Decreto Ley 155

Decreto Ley 155

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5816 / 9077464.

Texto oficial

Art. 22. Los jefes, oficiales y empleados en comision del servicio en pais estranjero recibirán sus sueldos y asignaciones en oro de 18 d.