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Decreto Ley 188
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Artículo 52
Artículo 52 del Decreto Ley 188
Decreto Ley 188
Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
1925-05-04
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Identificadores oficiales
idNorma: 5848 · idParte: 8928924
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Texto oficial
Art. 52. Esta lei comenzará a rejir desde su publicacion en el Diario Oficial.