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Artículo 6 del Decreto Ley 198

Decreto Ley 198

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5856 / 7123479.

Texto oficial

Art. 6.o Corresponderá a cada uno de los empleados de la Direccion Jeneral de Tierras, Bosques y Pesca, el estudio y ejecucion de los asuntos que les conciernan, conforme a las disposiciones del reglamento interno y a la distribucion de trabajo que haga el Director Jeneral.