Texto oficial
Art. 6.o Facúltase al Ejecutivo para proveer los cargos que se aumentan, siempre que los oficiales que deban ocuparlos cumplan con los requisitos exigidos en la Ley de Ascensos.
Sobre modificacion planta oficiales de los servicios
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5875 / 7123613.