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Artículo 2 del Decreto Ley 219

Dispone que la escuela de educacion fisica dependera de la universidad de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5880 / 9035195.

Texto oficial

Art. 2.o El Instituto de Educación Física tendrá a su cargo el estudio de la educación física en general y de sus diversas ramas; se ocupará de la investigación científica de los problemas que con ella se relacionan y atenderá a la formación del personal técnico respectivo, en conformidad al reglamento que dicte la autoridad universitaria.