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Artículo UNICO del Decreto Ley 244

Concede nuevo plazo a los deportistas profesionales para acogerse a los beneficios que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

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Texto oficial

Artículo único.- Concédese un nuevo plazo, hasta el 30 de Junio de 1974, para acogerse a los beneficios que el artículo 13 del DFL. N° 1 (G) de 19 de Junio de 1970, otorgó a los deportistas profesionales y trabajadores que desempeñen actividades conexas.