Texto oficial
Artículo 5°- Substitúyese en el rubro "PERSONAL
CIVIL" 8) "SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES", la denominación
al empleo de "JEFE DE SECCION DE TELECOMUNICACIONES", por la
de "OFICIAL SUPERVISOR DE TELECOMUNICACIONES".
Reajusta remuneraciones al personal de carabineros de chile
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