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Artículo 9 del Decreto Ley 271

Modifica decreto-ley número 48, de 1932

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5924 / 7123709.

Texto oficial

Art. 9.o La presente ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.