Texto oficial
Artículo 13°.- Declárase que lo dispuesto en el
articulo 21 del decreto ley N° 249, de 1974, no modifica ni
altera las normas de la ley N° 17.246, la cual conserva su
plena vigencia.
Declárase, asimismo, que el artículo 21 del decreto
ley N° 249, de 1974, no ha modificado las disposiciones
sobre jornada de trabajo de los profesionales a quienes se
aplica la ley 15.076.