Texto oficial
Artículo 1°.- Fíjase para los trabajadores de la
Junta de Gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la
siguiente ubicación en la Escala Unica:
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Grado de la
Designación actual Escala Unica
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Miembros de la Junta de Gobierno 1
PLANTA DIRECTIVA, PROFESIONAL Y TECNICA
Secretario General de Gobierno 2
Subsecretario General de Gobierno 3
2a. Cat. Abogado Asesor del Subsecretario
General de Gobierno 6
3a. Cat. Jefe de la Oficina de
Informaciones y Radiodifusión 10
3a. Cat. Jefe Administrativo 10
3a. Cat. Secretario Privado de S. E. 19
3a. Cat. Jefe Oficina Informativa de S. E. 16
3a. Cat. Oficial Jefe de Finanzas 18
4a. Cat. Intendente de Palacio 20
5a. Cat. Jefe Informaciones 21
5a. Cat. Jefe de Radio 21
5a. Cat. Jefe de documentación 21
6a. Cat. Oficial Relacionador 22
6a. Cat. Oficial de Finanzas 22
7a. Cat. Periodistas 19
7a. Cat. Oficial de Informaciones 23
Gr. 1° Periodistas 22
PLANTA ADMINISTRATIVA
Oficiales
5a. Cat. 19
6a. Cat. 22
7a. Cat. 24
Gr. 1° 28
2° 31
PLANTA DE SERVICIOS MENORES
Gr. 4° 31
5° 33
El o los cargos del grado 33° se transformarán en
grado 35° a medida que vayan quedando vacantes.