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Artículo 43 del Decreto Ley 307

Regula sistema unico de prestaciones familiares

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5960 / 9060521.

Texto oficial

TITULO III Disposiciones Varias Artículo 43°.- A contar de la vigencia del presente decreto ley, se pone término al aporte de 2,5% establecido en la letra c) del artículo 20° de la ley N° 15.720, en favor de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, y al establecido en el artículo 16° de la ley número 17.301, para contribuir al financiamiento de la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Los ingresos señalados se reemplazarán por un aporte directo del Fondo en favor de dichas instituciones, de acuerdo con sus necesidades y programas.