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Artículo 56 del Decreto Ley 307

Regula sistema unico de prestaciones familiares

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5960 / 9060534.

Texto oficial

Artículo 56°.- Creánse los siguientes nuevos cargos en la planta de la Superintendencia de Seguridad Social, establecida en el artículo 9° de la ley N° 16.395, en los Departamentos que se indican: a) Departamento Jurídico: abogados segundos, dos; abogados terceros, dos; abogados cuartos, tres; abogados quintos, tres; oficiales uno; oficiales segundos, cinco. b) Departamento Actuarial: Actuario 1°, ingeniero, uno; Actuarios 2°s, ingenieros, dos; Actuarios 3°s, uno; Calculistas, tres. c) Departamento de Racionalización y Métodos: Ayudantes primeros, cinco; Ayudantes, cuatro. d) Departamento de Inspección: Auditores 1°s., dos; Auditores 2°s, dos; Auditores 3°s, cuatro; Auditores 4°s, cuatro; Auditores 5°s., cuatro; Ayudantes Auditores, seis. e) Departamento Médico: Experto en Prevención de Riesgos, uno. f) Departamento de Divulgación y Perfeccionamiento: Bibliotecario, uno; Oficiales 2°s, uno; Oficiales 3°, dos. g) Secretaría General: Oficiales 1°s, dos; Oficiales 2°s, dos; Oficiales 3°s, cuatro; Oficiales 4°s, cinco; Oficiales 5°s, cinco; Auxiliares 1°s, uno; Auxiliares 2°s, uno: Auxiliares 3°s, cuatro.