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Artículo 1 del Decreto Ley 309

Suplementa el item 04,10,04,n)

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5964 / 8255993.

Texto oficial

1.o Supleméntase el ítem 04|10|04|n), del Ministerio del Interior en la suma de trescientos noventa y ocho mil pesos ($ 398,000). 2.o El gasto se deducira de la mayor entrada por venta de agua del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Tocopilla. 3.o Autorízase al ingeniero administrador del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Tocopilla, para girar contra la Tesorería Provincial respectiva hasta por la suma de trescientos noventa y ocho mil pesos ($ 398,000), a fin de que pague a The Antofagasta (Chile) and Bolivia Railways Co. Ltd., el agua que suministre a dicho Servicio, durante el presente año. Impútese el gasto a 04|10|04|n), y ríndase cuenta documentada de la inversión. 4.o El presente decreto-ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.