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Artículo 23 del Decreto Ley 316

Fija ubicacion en la escala unica para los trabajadores dependientes del estado que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5973 · idParte: 8989475

Texto oficial

Artículo 23°.- Fíjase para los trabajadores de la Secretaría Ejecutiva para los Asuntos de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: -------------------------------------------------------- Nombre del Cargo Grado de la Escala Unica -------------------------------------------------------- PLANTA DIRECTIVA, PROFESIONAL Y TECNICA Secretario Ejecutivo A 3 Prosecretario B 5 Abogados - Ingenieros - Arquitectos Abogados C 6 Abogados D 8 Abogados E 10 Abogados F 12 Abogados G 13 Abogados H 15 Abogados I 17 Ingenieros C 6 Ingenieros D 8 Ingenieros E 10 Ingenieros F 12 Ingenieros G 13 Ingenieros H 15 Ingenieros I 17 Arquitectos C 6 Arquitectos D 8 Arquitectos E 10 Arquitectos F 12 Arquitectos G 13 Arquitectos H 15 Arquitectos I 17 Administradores Públicos - Vista de Aduanas Administrador Público C 6 Administrador Público D 8 Administrador Público E 10 Administrador Público F 12 Administrador Público G 13 Administrador Público H 15 Administrador Público I 17 Vista de Aduana C 6 Vista de Aduana D 9 Vista de Aduana E 12 Vista de Aduana F 14 Vista de Aduana G 16 Vista de Aduana H 18 Vista de Aduana I 19 Expertos (Personal Especializado) Expertos F 16 Expertos G 18 Expertos H 20 El o los cargos de Expertos grado 20° se transformarán en grado 27° a medida que vayan quedando vacantes. Contador Contador F 13 Contador G 18 Contador H 23 El o los cargos de Contador grado 23° se transformarán en grado 27° a medida que vayan quedando vacantes. Periodistas Periodista C 12 Periodista D 14 Periodista E 15 Periodista F 16 Periodista G 18 Periodista H 19 Periodista I 20 Técnicos Universitarios y Egresados Técnicos F 14 Técnicos G 16 Técnicos H 18 El o los cargos de Técnicos de grado 18 se transformarán en grado 23° a medida que vayan quedando vacantes. PLANTA ADMINISTRATIVA Oficiales 5ª. Cat. 19 Taquígrafos 5ª. Cat. 19 Oficiales 6ª. Cat. 21 Oficiales 7ª. Cat. 23 Oficiales Gr. 1° 25 Oficiales Gr. 2° 26 Oficiales Gr. 3° 27 Oficiales Gr. 4° 29 El o los cargos de Oficiales grado 29° se transformarán en grado 31° a medida que vayan quedando vacantes.