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Artículo 4 del Decreto Ley 348

Autoriza al banco del estado de chile para que, en;representacion del fisco, adquiera en el exterior hasta;500 buses carrozados con sus repuestos y accesorios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6005 / 8989591.

Texto oficial

Artículo 4º.- Para los efectos de la presente importación no será necesaria la autorización establecida en el artículo 7º de la ley Nº 17.203.