Texto oficial
Artículo 4º.- Para los efectos de la presente
importación no será necesaria la autorización establecida
en el artículo 7º de la ley Nº 17.203.
Autoriza al banco del estado de chile para que, en;representacion del fisco, adquiera en el exterior hasta;500 buses carrozados con sus repuestos y accesorios
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6005 / 8989591.