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Artículo 1 del Decreto Ley 366

Divide ministerio de guerra en dos subsecretarias: guerra y aviacion, y deroga ley n° 5,077, de 4 de marzo de 1932, que fusiona ministerios de guerra y marina y subsecretaria de aviacion, en un solo departamento de estado, denominado "ministerio de defensa nacional".

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6023 / 8867540.

Texto oficial

Artículo 1.o El Ministerio de Guerra y Aviación estará constituído por las Subsecretarías de Guerra y Aviación.