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Artículo 14 del Decreto Ley 369

Crea la oficina nacional de emergencia, dependiente del ministerio del interior

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6027 / 8256040.

Texto oficial

ARTICULO 14° El personal de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior se regirá por las disposiciones del decreto con fuerza de ley 338, de 1960.