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Artículo 2 transitorio de la Ley 19.494

Establece normas para aplicacion de jornada escolar completa diurna en 1997, en establecimientos educacionales subvencionados

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 60316 / 8932766.

Texto oficial

Artículo 2º.- La aplicación del régimen de Jornada Escolar Completa Diurna no podrá generar, por sí misma, exclusiones de los alumnos matriculados en el establecimiento al 30 de junio del año 1996, ni supresión de niveles o modalidades de enseñanza por las que el sostenedor respectivo percibió subvención educacional a igual fecha.