Texto oficial
Artículo 58: Lo dispuesto en los artículos anteriores, no Ley Nº19.278
afectará para ningún efecto legal, al monto de la Art.5º
remuneración básica mínima nacional establecida en el
artículo 35 de esta ley.
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 19.070 que aprobo el estatuto de los profesionales de la educacion, y de las leyes que la complementan y modifican
idNorma: 60439 · idParte: 8640637