Saltar al contenido

Artículo TRANSITORIO de la Ley 19.491

Regula funcionamiento de administradoras de recursos financieros de terceros destinados a la adquisicion de bienes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 60443 / 8300861.

Texto oficial

Artículo Transitorio.- Las empresas que en la actualidad ejerzan la actividad a que se refiere el artículo 1º dispondrán de un plazo de ciento veinte días, contado desde la fecha de vigencia de esta ley, para ajustar su operación a las normas de este ordenamiento. Las empresas que no se adecuen en el plazo establecido en el inciso anterior, serán liquidadas por un liquidador designado en la forma prevista en el artículo 7º. Las normas relativas a contratos contempladas por la presente ley entrarán en vigencia dentro del término de treinta días contados desde su publicación en el Diario Oficial.".