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Artículo 3 del Decreto Ley 396

Traspasa fondos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6047 / 8256059.

Texto oficial

Art. 3.o El presente decreto-ley empezará regir desde el 1.o de Agosto del año en curso.