Texto oficial
Art. 12. Con quince dias de anticipacion a la sesion respectiva, la secretaría enviará a cada uno de los miembros del Consejo una copia de los proyectos elaborados que serán sometidos a la deliberacion del Consejo, a fin de que cada uno de sus miembros esté al corriente de las materias que se van a tratar en el curso de la reunion y por lo tanto en condiciones de emitir opiniones, que sean el resultado de la meditacion y del exámen concienzudo.