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Artículo 1 del Decreto Ley 460

Decreto Ley 460

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6101 / 8256244.

Texto oficial

Prorrógase hasta el 1.o de enero de 1926 el plazo fijado por Decreto-Lei número 26, de 3 de octubre de 1924, para que sea obligatoria la libreta de identidad personal.