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Artículo 3 del Decreto Ley 470

Crea cargo de director de la casa de menores de santiago

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6109 / 7124115.

Texto oficial

Art. 3.o Créase el cargo de director de la Casa de Menores de Santiago, con una renta anual de $ 9,000, que se cargará a la economía producida en 8/6/1, por el artículo anterior.