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Artículo UNICO del Decreto Ley 503

Modifica el dfl. n° 242, de 1960

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6144 / 8256273.

Texto oficial

Artículo único.- Agrégase en el artículo 10° del DFL. N° 242, de 1960, a continuación de la palabra Ingenieros, eliminando el punto, las palabras "o de Abogados".