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Artículo 46 del Decreto Ley 520

Crea el comisariato general de subsistencias y precios

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6157 / 7124492.

Texto oficial

Art. 46. El Presidente de la República, podrá establecer, a propuesta del Comisariato General, cocinas populares, por cuenta del Estado para proporcionar comida a bajo precio. Estará facultado, asimismo, para fomentar la explotación por particulares de cocinas populares.