Texto oficial
Art. 69. Las disposiciones de la presente ley se aplicarán también al Control de Drogas, Específicos y Productos Medicinales, que ejerce el Ministerio de Salubridad a virtud de lo dispuesto en el decreto ley N.o 201, de 14 de Julio del presente año.
El Comisariato General de Subsistencias Precios designará un delegado que lo represente en dicho control.