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Artículo 4 del Decreto Ley 531

Fija el estatuto del personal de la comision chilena de energia nuclear

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6168 / 5873646.

Texto oficial

Artículo 4°.- Las Plantas de la Comisión estarán constituidas por los cargos requeridos, con la asignación del grado de la Escala Unica de Sueldos correspondientes.