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Artículo 14 del Decreto Ley 531

Fija el estatuto del personal de la comision chilena de energia nuclear

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6168 / 5873656.

Texto oficial

Artículo 14°.- En el caso de que en la Planta aprobada por un año, se creen nuevos cargos, el Director Ejecutivo preferirá para proveerlos a los funcionarios en actual servicio que cumplan con los requisitos inherentes al cargo.