Texto oficial
Art. 79. El directorio celebrará sesion ordinaria a lo ménos una vez al mes.
Designará, por acuerdo, del que debe dejarse constancia en el acta, una persona que tendrá a su cargo preparar y someter a cada director, en cada sesion ordinaria del directorio, o a una comision ejecutiva, compuesta de no ménos de tres de los miembros de éste, una minuta escrita que esponga todas las compras y ventas de valores, los descuentos, préstamos u otros avances, incluyendo sobre-jiros, créditos en cuenta corriente, y las renovaciones que se hubieren efectuado despues de la última sesion ordinaria; y que detalle, al mismo tiempo, las garantías subsidiarias de las obligaciones pendientes hasta la fecha misma de la sesion en que se entregue la minuta. Podrán omitirse en dicha minuta los préstamos o anticipos, sobre-jiros y renovaciones de valor inferior a cinco mil pesos. La minuta deberá contener, ademas, una lista en que consten los totales de los préstamos, descuentos y sobre-jiros y otros créditos o avances concedidos a cualquiera persona natural o jurídica cuya deuda para con el Banco comercial hubiere aumentado en cinco mil pesos o mas, desde la última sesion del directorio; y detallará las garantías respectivas que tuviere en su poder el Banco al tiempo de la reunion en que la minuta se presente. Al dia siguiente de la sesion, se archivará dicha minuta juntamente con la lista de los directores asistentes a la sesion, certificada por la persona o personas encargadas de preparar el referido documento; la minuta y la lista servirán de prueba plena de los asuntos tratados en la sesion.