Texto oficial
Artículo 45°- Declárase de utilidad pública y
autorízase al Presidente de la República para expropiar
los terrenos y construcciones que forman los Pabellones
"Rodríguez" y "Pizarro", construidos a raíz del terremoto
del año 1939, ubicados en la ciudad de Chillán, comuna del
mismo nombre.
Las viviendas a que se refiere el inciso anterior serán
transferidas a sus actuales ocupantes a un precio no
superior a su avalúo fiscal y que se pagará en un plazo no
inferior a quince años. Los saldos de precios
correspondientes no estarán afectos a reajuste alguno.