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Artículo 28 del Decreto Ley 619

Aplica los impuestos que señala

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6233 · idParte: 8852074

Texto oficial

Artículo 28°- Las Tesorerías Fiscales y Oficinas de Correos, Telégrafos y Estafetas, venderán al público el papel sellado, estampillas y formularios gravados por su valor nominal.