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Artículo 45 del Decreto Ley 626

Sustituye a contar del 1° de enero de 1974, la ubicación en la escala unica de sueldos de los personales de los servicios que indica.- otras disposiciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6237 · idParte: 9056831

Texto oficial

SOCIEDAD CONSTRUCTORA DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES S. A. Artículo 45°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 41° del decreto ley N° 316, publicado en el Diario Oficial de 18 de Febrero de 1974, que fijó la ubicación del personal de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, por el siguiente: "Artículo 41°.- Fíjase para los trabajadores de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales S. A., de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: -------------------------------------------------------- Nombre del Cargo Grado de la Escala Unica -------------------------------------------------------- PLANTA DIRECTIVA Presidente y Gerente F/P 3 Director de Area A 4 Jefes de Departamentos B 5 Jefes de S/Departamentos C 6 Jefes Zonales C 6 Jefes Sección D 6 Jefes Zonales D 7 Jefes Zonales 1 8 Delegados Zonales 2 9 PLANTA PROFESIONALES Arquitectos 1 6 Arquitectos 2 7 Arquitectos 3 9 Arquitectos 5 13 Arquitectos 6 15 Arquitectos 7 17 Ingenieros 1 6 Ingenieros 2 7 Ingenieros 3 9 Abogados 1 6 Abogados 2 7 Abogados 3 9 Constructores Civiles 1 10 Constructores Civiles 2 11 Constructores Civiles 3 12 Constructores Civiles 4 13 Constructores Civiles 5 14 Constructores Civiles 6 15 El o los cargos de Constructores Civiles grado 15 se transformarán en grado 19 a medida que vayan quedando vacantes. Contadores 4 13 Contadores 5 18 Contadores 8 21 Contadores 10 23 El o los cargos de Contadores grado 23 se transformarán en grado 27 a medida que vayan quedando vacantes. PLANTA TECNICOS Programadores 3 16 Programadores 6 18 Programadores 7 20 Programadores 8 21 Programadores 9 22 Programadores 10 23 Programadores 12 24 El o los cargos de Ingenieros y Abogados de grado 9 se transformarán en grado 17 a medida que vayan quedando vacantes. PLANTA TECNICOS Nutricionista 3 14 Estadísticos 3 19 Estadísticos 6 20 Estadísticos 7 21 Estadísticos 8 23 Estadísticos 9 24 Estadísticos 10 25 Estadísticos 12 27 Técnicos con tit. univers. 3 14 Técnicos con tit. univers. 6 16 Técnicos con tit. univers. 7 18 Técnicos con tit. univers. 8 20 Té