Saltar al contenido

Artículo 52 del Decreto Ley 626

Sustituye a contar del 1° de enero de 1974, la ubicación en la escala unica de sueldos de los personales de los servicios que indica.- otras disposiciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6237 / 9056838.

Texto oficial

SERVICIO MEDICO LEGAL Artículo 52°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 26 del decreto ley N° 295, publicado en el Diario Oficial el 31 de Enero de 1974, que fijó la ubicación del personal del Servicio Médico Legal, en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 26.- Fíjase para los trabajadores del Servicio Médico Legal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 18 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: -------------------------------------------------------- Nombre del Cargo Grado de la Escala Unica -------------------------------------------------------- PLANTA DIRECTIVA Director 3 Médico Legista Jefe de la Sec. Clínica 4 Médico Legista Jefe Sec. Tanatología 4 Químico Farmac. Jefe Sec. Laborat. 4 PLANTA PROFESIONAL NO AFECTA A LA LEY N° 15.076 Asesor Jurídico 3ª Cat. 4 Jefe del Personal 5ª Cat. 8 Jefe Administrativo 5ª Cat. 7 Coordinador Provincias 6ª Cat. 10 Jefe Sección 6ª Cat. 14 Jefes de Sección 7ª Cat. 16 PLANTA ADMINISTRATIVA Oficiales 5ª Cat. 19 Oficiales 6ª Cat. 21 Oficiales 7ª Cat. 23 Oficiales Gr. 1° 25 Oficiales Gr. 2° 27 Oficiales Gr. 3° 29 El o los cargos de Oficiales grado 29 se transformarán en grado 31 a medida que vayan quedando vacantes. PLANTA DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS Mayordomo 7ª Cat. 23 Auxiliares Especializados 7ª Cat. 23 Auxiliares Especializados Gr. 1° 25 Auxiliares Especializados Gr. 2° 26 Auxiliares Especializados Gr. 3° 27 Auxiliares Especializados Gr. 4° 29 Auxiliares Especializados Gr. 5° 30 El o los cargos de Auxiliares Especializados grado 30 se transformarán en grado 32 a medida que vayan quedando vacantes. PLANTA DE SERVICIOS Auxiliares Gr. 2° 26 Auxiliares Gr. 3° 27 Auxiliares Gr. 4° 28 Auxiliares Gr. 5° 29 Auxiliares Gr. 6° 31 Auxiliares Gr. 7° 33 El o los cargos de Auxiliares grado 33 se transformarán en grado 35 a medida que vayan quedando vacantes.