Texto oficial
ARTICULO 10° La declaración de los restantes
regímenes de emergencia señalados en el artículo 1° del
presente decreto ley se regulará por las normas vigentes
para cada uno de ellos.
Sistematiza disposiciones relativas a regimenes de emergencia
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6248 / 9035769.