Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE
Artículo 84°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Iquique,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del
decreto-ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la
Escala Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Alcalde 5
Secretaría Municipal
Secretario Municipal 1° 7
Prosecretario 8° 17
Oficial 13° 27
Secretaría de la Alcaldía
Secretario Alcaldía 1° 8
Prosecretaria 8° 17
Oficial de Partes 8° 19
Oficial Bibliotecaria 10° 21
Oficial 11° 23
Defensa Municipal
Abogado Defensa 1a Cat. 8
Oficial 13° 27
Contraloría Municipal
Contador Jefe Control 1a Cat. 9
Sub- Contralor 9° 17
Habilitado 8° 19
Planillera 10° 22
Oficial 13° 25
Planillero 13° 27
Planillero 15° 29
Rentas e Inspección
Contador Jefe de Rentas 1a Cat. 9
Subjefe de Rentas 10° 17
Secretaría 10° 22
Administrador Matadero 8° 19
Administrador Mercado 10° 21
Inspector 11° 22
Inspectores 13° 25
Inspector 15° 27
Dirección del Tránsito
Director del Tránsito 1° 9
Sub-Director 8° 17
Inspector 9° 21
Médico Psicotécnico 9° Ley 15.076
Oficiales 13° 27
Oficial 15° 29
Juzgado de Policía Local
Juez de Policía Local 1° 6
Secretario Jdo. 7° 18
Oficial Segundo 8° 19
Inspector 9° 21
Dirección de Obras Municipales
Director de Obras 1a Cat. 8
Topógrafo 9° 19
Secretaria 10° 22
Oficial 15° 29
Servicios Menores
Mayordomo 13° 25
Porteros 13° 27
Departamento Explotac. Municipales
Director 6° 12
Jefe Mecánico 11° 24
Ayudantes Mecánicos 10° 25
Ayudante Mecánico 12° 26
Ayudante Mecánico 15° 29
Choferes 10° 25
Choferes 11° 26
Choferes 13° 27
Electricista 11° 26
Electricista 12° 26
Electricista 13° 27
Electricista 15° 29
Bodeguero 10° 24
Capataz 11° 25
Pasatiempo 13° 27
Oficial 13° 27
Mayordomo 13° 27
Jardineros 1° 27
Jardineros 2° 28
Jardineros 3° 29
Jardineros 4° 30
Gásfiter 1° 25
Gásfiter 2° 28
Carpintero 1° 25
Carpinteros 2° 28
Carpinteros 3° 29
Albañil 2° 28
Albañil 3° 29
Herrero 2° 28
Soldador 4° 30
Operarios 2° 28
Operarios 3° 29
Operarios 4° 30
Operarios 7° 32
El o los cargos de Secretario Alcaldía grado 8° se
convertirán en grado 11° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial grado 23° se convertirán en
grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Abogado Defensa grado 8° se
convertirán en grado 9° al quedar vacantes.
El o los cargos de Planillero grado 29 se convertirán
en grado 31° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial Dir. Tránsito grado 29° se
convertirán en grado 31° al quedar vacantes.
El o los cargos de Secretario Juzgado grado 18° se
convertirán en grado 19° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial Segundo grado 19° se
convertirán en grado 21 al quedar vacantes.
El o los cargos de Inspector grado 21° se convertirán
en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director de Obras grado 8° se
convertirán en grado 9° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial Dr. Obras Municipales grado
29° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes.
El o los cargos de Porteros grado 27° se convertirán
en grado 35° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director Depto. Explotac. Municipales
grado 12° se convertirán en grado 16° a quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Mecánico grado 26° se
convertirán en grado 27 al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Mecánico grado 29° se
convertirán en grado 31° al quedar vacantes.
El o los cargos de Choferes grado 27° se convertirán
en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Electricista grado 26° se
convertirán en grado 27 al quedar vacantes.
El o los cargos de Electricista grado 27° se
convertirán en grado 29° al quedar vacantes.
El o los cargos de Electricista grado 29° se
convertirán en grado 33° al quedar vacantes.
El o los cargos de Bodeguero grado 24° se convertirán
en grado 25° al quedar vacantes.
El o los cargos de Capataz grado 25° se convertirán en
grado 26° al quedar vacantes.
El o los cargos de Pasatiempo grado 27° se convertirán
en grado 33° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial grado 27° se convertirán en
grado 31° al quedar vacantes.
El o los cargos de Mayordomo grado 27° se convertirán
en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Jardineros grado 30° se convertirán
en grado 33° al quedar vacantes.
El o los cargos de Gásfiter grado 25° se convertirán
en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Gásfiter grado 28° se convertirán
en grado 33° al quedar vacantes.
El o los cargos de Carpinteros grado 29° se
convertirán en grado 33° al quedar vacantes.
El o los cargos de Albañil grado 29° se convertirán
en grado 33° al quedar vacantes.
El o los cargos de Operarios grado 32° se convertirán
en grado 35° al quedar vacantes.