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Artículo 86 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6284 / 9057008.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE ISLA DE PASCUA Artículo 86°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Isla de Pascua, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249 de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica. _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Alcalde 17° Tesorero Municipal y Secretario de la Alcaldía 2° 19° Secretario Municipal 4° 24° El o los cargos de Tesorero Municipal y Secretario de la Alcaldía grado 19 se convertirán en grado 20° al quedar vacantes. El o los cargos de Secretario Municipal grado 24° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes.