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Artículo 89 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6284 · idParte: 9057011

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ Artículo 89°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de La Cruz, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Alcalde 14 Secretario Municipal y Alcaldía 4 17 Juez de Policía Local y Abogado Municipal 4 15 Director Tránsito y Renta 4 19 Director Obras Municipales 4 17 Secretario Juzgado de Policía Local y Jefe Parques y Jardines 6 21 Ayudante Direc. Obras Jefe de Aseo 11 26 Médico Psicotécnico 13 Ley 15.076 Ayudante Secret. Jefe de Archivo 13 28 Planta de Obreros Capataz 1 27 Chofer 1 27 Cerrajero 1 29 Jardinero 1 29 Obrero 1 29 Obreros 2 30 Obrero 3 31 Obreros 5 32 El o los cargos de Ayudante Secret. Jefe de Archivo grado 28 se convertirán en grado 30 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 32 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.