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Artículo 100 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6284 / 9057022.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE LAS CABRAS Artículo 100°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Las Cabras, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Alcalde 16 Planta de Empleados Juez de Policía Local 9° 17 Secretario Municipal y Alcaldía 9° 19 Director Obras Municipales 10° 19 Secretaria Juzgado Policía Local 11° 21 Inspector Patentes y Tránsito 18° 23 Planta de Obreros Choferes 10° 28 Obreros no Calificados 10° 31 El o los cargos de Secretaria Juzgado Policía Local de grado 21, se convertirán en grado 23 al quedar vacantes. El o los cargos de Inspector Patentes y Tránsito gr. 23, se convertirán en grado 24 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros no Calificados de grado 31, se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.