Saltar al contenido

Artículo 118 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6284 · idParte: 9057040

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE LOS VILOS Artículo 118°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Los Vilos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del Decreto Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Planta de Empleados Alcalde 1° 15 Secretario Municipal y Alcaldía Habilitado 1° 17 Juez de Policía Local 1° 16 Director de Obras 6° 17 Secretario Juzgado Policía Local 6° 19 Médico Municipal 12° Ley 15076 Director Tránsito Adm. Matadero y Jefe Depto. Aseo 8° 19 Inspector de Patentes, Tránsito y Construcciones 8° 23 Planta Administrativa Ordenanza e Inspector Auxiliar 8° 29 Choferes 6° 27 Planta Obreros Jardineros 6° 29 Matarife 6° 29 Oficiales de Aseo 6° 30 El o los cargos de Secretario Municipal grado 17 se convertirán en grado 18 al quedar vacantes. El o los cargos de Director de Obras grado 17 se convertirán en grado 18 al quedar vacantes. El o los cargos de Secretario Juzgado Policía Local grado 19 se convertirán en grado 22 al quedar vacantes. El o los cargos de Oficiales de Aseo grado 30 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.