Saltar al contenido

Artículo 120 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6284 · idParte: 9057042

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE LUMACO Artículo 120°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Lumaco, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Escala Unica Municipal Grado _______________________________________________________ Alcalde 1° 17 Secretario Municipal de Alcaldía y del Jdo. de Policía Local. 1° 20 Inspector Municipal 10° 25 Planta de Obreros. Jornaleros 10° 32 El o los cargos de Jornaleros grado 32 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.