Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE QUEILEN
Artículo 199°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Queilén,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto
ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Alcalde 16
Planta Administrativa
Secretario Municipal Gr. 15° 19
Inspector Municipal Gr. 21° 23
Planta Obreros
Obrero Gr. 6° 31
El o los cargos de Inspector Municipal grado 23° se
convertirán en grado 24° al quedar vacantes.
El o los cargos de Obrero grado 31° se convertirán en
grado 35° al quedar vacantes.