Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE QUILLECO
Artículo 204°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Quilleco,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto
ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Planta de Empleados
Alcalde Gr. 10° 16
Secretario Municipal
y Juzgado Policía Local Gr. 10° 19
Inspector de Servicios Gr. 12° 24
Planta de Obreros
Obreros Gr. 10° 30
El o los cargos de Obreros grado 30° se convertirán en
grado 35° al quedar vacantes.