Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE REQUINOA
Artículo 218°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de
Requínoa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13
del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en
la Escala Unica:
-------------------------------------------------------
Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
-------------------------------------------------------
Alcalde 7° 14
Planta de Empleados
Secretario Municipal y
de Alcaldía 7° 17
Juez de Policía Local 7° 15
Director Tránsito e
Inspector Servicios 7° 19
Secretario del Juzgado
de Policía Local 10° 21
Planta Obreros
Obreros 4° 26
Obreros 5° 28
Obreros 6° 32
El o los cargos de Obreros de grado 32, se convertirán
en grado 35 al quedar vacantes.