Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE ROMERAL
Artículo 224°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Romeral,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto
ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Alcalde 16
Planta Directiva,
Profesional y Técnica
Juez de Policía Local 5° 17
Secretario Municipal y
de Alcaldía 5° 19
Secretario Juzgado de
Policía Local 8° 22
Director de Obras Municipales 17° 19
Médico Gabinete Psicotécnico Ley 15.076
Planta Administrativa.
Inspector de Patentes y
Tránsito 10° 24
Choferes Mecánicos 12° 25
Planta Servicios Menores
Ordenanza 12° 28
Planta Obreros
Obrero Especializado 4° 26
Obrero sin especialización 8° 31
El o los cargos de Secretario Juzgado Policía Local
grado 22, se convertirán en grado 23 al quedar vacantes.
El o los cargos de Choferes Mecánicos grado 25, se
convertirán en grado 27 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obrero Especializado grado 26, se
convertirán en grado 28 al quedar vacantes.
El o los cargos de Ordenanza grado 28 y Obrero sin
Especialización grado 31, se convertirán en grado 35 al
quedar vacantes.