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Artículo 257 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6284 · idParte: 9057180

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE TIL-TIL. Artículo 257°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Til-Til, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Planta Directiva, Profesional y Técnica Alcalde y Juez de Policía Local 14° Secretario Municipal de la Alcaldía y Director del Tránsito 6a Cat. 17° Médico Veterinario (Matadero Municipal) 13° 17° Director de Obras 13° 17° Médico Gabinete Psicotécnico 22° Ley 15.076 Administrador Empresa Eléctrica Municipal 6° 19° Planta Administrativa Pro-Secretario y Secretario del Juzgado de Policía Local 6° 19° Inspector de Tránsito Oficial de Secretaría y del Juzgado de Policía Local 7° 23° Inspector Municipal 7° 23° Inspector de Obras, Oficial Administrativo Empresa Eléctrica Municipal 8° 25° Electricista 8° 25° Personal Especializado Choferes 2° 28° Albañil 2° 28° Ayudante Electricista 2° 28° Matarifes 2° 28° Jardinero 2° 28° Jornaleros 3° 29° El o los cargos de Administrador Empresa Eléctrica Municipal y Director del Tránsito grado 18° se convertirán en grado 19° al quedar vacantes. El o los cargos de Pro-Secretario grado 19° se convertirán en grado 21° al quedar vacantes. El o los cargos de Oficial de Secretaría y del Juzgado de Policía Local grado 23° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes. El o los cargos de Electricista grado 25°; Choferes; Albañil; Ayudante Electricista; y Matarifes grado 28° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes. El o los cargos de Jardinero grado 28° se convertirán en grado 33° al quedar vacantes. El o los cargos de Jornaleros grado 29° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.