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Artículo 262 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6284 / 9057185.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE TRAIGUEN Artículo 262°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Traiguén, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica ------------------------------------------------------- Planta Directiva, Profesional y Técnica Alcalde 12° Secretaria Municipal y Alcaldía 1° 15° Juez de Policía Local y Abogado Municipal 1° 13° Director Tránsito, Habilitado, Bibliotecaria 6° 16° Director de Obras y Aseo 8° 15° Adm. Veterinario Matadero 20° 16° Planta Administrativa Secretario Juzgado de Policía Local 6° 20° Inspector de Obras y Luces 9° 22° Inspec. de Obras, Mercado, Matadero 9° 22° Oficial Administrativo 13° 24° Inspector Patentes Tránsito 15° 24° Operador Cine Municipal 16° 28° Inspector Teatro Municipal 20° 27° Mayordomo de Obras y Chofer 14° 27° Médico Psicotécnico Ley 15.076 Servicios Menores Auxiliar Jdo. de Policía Local 16° 29° Obreros 6° 28° Obreros 7° 30° Obreros 8° 31° Obreros 9° 32° El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.