Saltar al contenido

Artículo 265 del Decreto Ley 683

Fija ubicacion en la escala unica de los trabajadores de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6284 · idParte: 9057188

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE VALDIVIA Artículo 265°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Valdivia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica ------------------------------------------------------- Alcaldía y Secretaría Municipal Alcalde 5° Sec. Municipal y de Alcaldía Gr. 5° 8° Oficial 1ero. 6° 21° Oficial 2do. 8° 23° Oficial 3ero. 8° 25° Telefonista 11° 29° Cont. Control Adquisiciones Contador Jefe Contralor 1a Cat. 9° Contador Jefe Adquisiciones Gr. 5° 16° Oficial 1ero. 6° 21° Oficial 2do. 11° 29° Defensa Abogado 1a Cat. 10° Dirección de Obras Director, Const. Colegiado 6a Cat. 8° Constructor Civil Gr. 2° 12° SE. Administ. Estadios 5° 17° Oficial 1ero. 8° 23° Inspector 1ero. 8° 21° Inspector 2do. 9° 23° Inspector 3ero. 11° 25° Mayordomo 11° 27° Mayordomo Estadios 9° 25° Dirección del Tránsito Director 6a Cat. 9° Secretario Gr. 7° 22° Oficial 1ero. 8° 23° Oficial 2do. 9° 24° Oficial 3ero. 11° 29° Médico Psicotécnico 11° Ley 15.076 Patentes, Rentas, Mercado y Ferias Libres Contador Jefe Rentas 3° 10° Secretaria 6° 21° Oficial 1ero. 9° 24° Oficial 2do. 9° 24° Oficial 3ero. 8° 23° Recaudador 9° 24° Inspector 8° 23° Dirección de Aseo y Ornato Director 5° 10° Secretario 8° 23° Mayordomo Jardines 10° 26° Planeamiento y Alumbrado Arquitecto, Asesor Urbanista 5a Cat. 9° Jefe Alumbrado y Dibuj. 6° 16° Dibujante 10° 25° Oficial 1° 11° 29° Mayordomo Alumbrado 29° Biblioteca Bibliotecaria 8° 18° Encuadernador 10° 29° Juzgado Policía Local Juez 1a Cat. 1a Cat. 7° Secretaria 5° 19° Oficial 1° 6° 21° Oficial 2do. 7° 22° Oficial 3ero. 11° 29° Oficial 4to. 9° 24° Taller Jefe 6° 23° Mecánico Jefe 8° 25° Choferes 8° 26° Choferes 9° 27° Choferes 10° 28° Choferes 11° 29° Auxiliares Auxiliares 2° 27° Auxiliares 3° 29° Auxiliares 4° 31° Auxiliares 5° 32° Dirección de Obras Ayudante Mecánico 3° 27° Ayudante Mecánico 5° 29° Ayudante Mecánico 6° 31° Albañil 3° 27° Albañil 5° 29° Ayudante Albañil 3° 30° Tractorista 4° 30° Sereno 3° 30° Gásfiter 3° 30° Carpinteros 1° 27° Carpinteros 2° 28° Carpinteros 3° 29° Carpinteros 6° 31° Jornaleros 2° 27° Jornaleros 3° 28° Jornaleros 4° 29° Jornaleros 5° 31° Jornaleros 6° 32° Dirección Planeamiento y Alumbrado Electricista 3° 27° Ayudante Electricista 1° 28° Ayudante Electricista 3° 29° Ayudante Electricista 4° 30° Ayudante Electricista 5° 31° Dirección de Aseo y Ornato Mayordomo 1° 26° Tractorista 2° 27° Jornaleros 2° 27° Jornaleros 3° 28° Jornaleros 4° 29° Jornaleros 5° 31° Jornaleros 6° 32° Mercado Recaudador Mercado 1° 26° Jornalero 2° 27° Jornalero 5° 31° Jornalero 6° 32 El o los cargos de Alcalde grado 5° se convertirán en grado 6° al quedar vacantes. El o los cargos de Contador Jefe Contralor grado 9° se convertirán en grado 10° al quedar vacantes. El o los cargos de Oficial 2°. Cont. Control Adquisiciones grado 29° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes. El o los cargos de Constructor Civil grado 12° se convertirán en grado 13° al quedar vacantes. El o los cargos de Inspector 3ero. grado 25° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes. El o los cargos de Mayordomo Estadios grado 25° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes. El o los cargos de Director del Tránsito grado 9° se convertirán en grado 11° al quedar vacantes. El o los cargos de Oficial 2do. Dirección Tránsito grado 24° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes. El o los cargos de Oficial 3ero. Dirección Tránsito grado 29° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes. El o los cargos de Contador Jefe Rentas grado 10° se convertirán en grado 13° al quedar vacantes. El o los cargos de Oficial 1ero. Patentes, Rentas, Mercados y Ferias Libres grado 24° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes. El o los cargos de Oficial 2do. Patentes, Rentas, Mercados y Ferias Libres grado 24° se convertirán en grado 26° al quedar vacantes. El o los cargos de Oficial 3ero. Patentes, Rentas, Mercados y Ferias Libres grado 23° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes. El o los cargos de Recaudador grado 24° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes. El o los cargos de Director Dirección de Aseo y Ornato grado 10° se convertirán en grado 11° al quedar vacantes. El o los cargos de Mayordomo Jardines, Director Aseo y Ornato grado 26° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes. El o los cargos de Arquitecto Asesor Urbanista grado 9° se convertirán en grado 10° al quedar vacantes. El o los cargos de Bibliotecaria grado 18° se convertirán en grado 20° al quedar vacantes. El o los cargos de Oficial 4to. Juzgado de Policía Local grado 24° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes. El o los cargos de Choferes grado 29° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes. El o los cargos de Auxiliares grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes. El o los cargos de Ayudante Mecánico grado 29° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes. El o los cargos de Albañil grado 29° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes. El o los cargos de Carpintero grado 31° se convertirán en grado 33° al quedar vacantes. El o los cargos de Jornaleros Dir. Obras grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes. El o los cargos de Ayudante Electricista grado 31° se convertirán en grado 33° al quedar vacantes. El o los cargos de Jornaleros Dir. Aseo y Ornato grado 28° se convertirán en grado 29° al quedar vacantes. El o los cargos de Jornaleros Dir. Aseo y Ornato grado 29° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes. El o los cargos de Jornaleros Dir. Aseo y Ornato grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes. El o los cargos de Jornaleros Mercado grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.