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Artículo 21 del Decreto Ley 785

Aprueba presupuesto de la nacion para el año 1975

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6352 · idParte: 7125860

Texto oficial

Artículo 21.o- Con los recursos financieros consignados en este Presupuesto deben entenderse cumplidas, respecto del año 1975, las asignaciones ordenadas en el artículo 24° del decreto ley N° 575, de 1974.