Saltar al contenido

Artículo 20 del Decreto Ley 786

Fija normas para los nombramientos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6353 · idParte: 8990140

Texto oficial

Artículo 20°.- Lo dispuesto en el artículo 6° del decreto ley N° 534, de 1974, no se aplicará respecto del Ministerio a que se refiere el decreto ley N° 558, de 1974.